La Asociación de Afectados por Dilación Indebida de los Tribunales y las Administraciones Públicas es una iniciativa impulsada por la Fundación Zaballos que tiene como objetivo la defensa de los derechos de los ciudadanos perjudicados por retrasos indebidos de los Tribunales y las Administraciones Públicas.
En los casos de dilaciones indebidas, la carga de la prueba recae en el ciudadano perjudicado, quien debe demostrar que ha habido un retraso indebido por parte de la Administración de Justicia.
Al evaluar los márgenes de duración de un litigio del mismo tipo se consideran factores como la complejidad del caso, el número de partes implicadas, el tipo de procedimiento y la carga de trabajo de los tribunales y administraciones públicas en ese momento.
Al evaluar la conducta procesal del actor y de las autoridades en un procedimiento judicial se tienen en cuenta factores como el cumplimiento de los plazos y las normas procesales, la presentación de pruebas y la resolución de recursos. También se evalúa la buena fe de las partes y el respeto al principio de lealtad procesal.
Tanto los abogados como los propios juzgados pueden informar sobre la existencia de dilaciones indebidas en un proceso judicial. Para calcular los días netos indemnizables, se restan del tiempo total de duración del proceso los días en los que el retraso no se ha producido por causas imputables al órgano judicial.
Se considera un funcionamiento anormal en los casos de dilaciones indebidas cuando el tiempo de duración del proceso supera de manera significativa el tiempo que se considera razonable para casos similares. El límite para ejercer la acción es de un año desde la finalización del proceso.
No es necesario esperar a que termine el proceso judicial para reclamar las dilaciones indebidas, aunque es recomendable esperar a que finalice para poder calcular de manera más precisa el tiempo de duración del mismo. Sin embargo, existen excepciones en las que se puede reclamar antes de la finalización del proceso, como, por ejemplo, en casos de demora excesiva en la adopción de medidas cautelares.
Reclamar en medidas cautelares sería una reclamación prematura porque estas medidas tienen por objeto garantizar el resultado final del proceso y no están relacionadas con la duración del mismo. En estos casos, se recomienda esperar a la finalización del proceso para poder calcular con precisión el tiempo de duración del mismo y evaluar si se han producido dilaciones indebidas.
Se recomienda siempre consultar con un abogado o equipo de abogados especialistas en los casos de retrasos indebidos porque tienen experiencia en este tipo de reclamaciones y pueden ofrecer un asesoramiento especializado para defender los derechos del cliente de manera efectiva. Además, los casos de dilaciones indebidas pueden ser complejos y requieren de un conocimiento especializado de la normativa y la jurisprudencia.
Las dilaciones indebidas son los retrasos en los procedimientos judiciales que producen un perjuicio en los derechos de las personas. No hay un plazo razonable fijo para llevar a cabo una actuación por parte de la Administración de Justicia, ya que este puede variar dependiendo de cada caso y del tipo de procedimiento judicial.
La dificultad del litigio se tiene en cuenta al evaluar los retrasos indebidos, ya que si se trata de un caso complejo, con gran cantidad de pruebas y de partes implicadas, puede ser más difícil de resolver y, por tanto, justificaría cierto retraso en la resolución.
Se exige más celeridad en los casos penales porque hay derechos fundamentales en juego, como la libertad de la persona, y una demora excesiva puede tener un impacto negativo en la resolución del caso. En cuanto a la indemnización por dilaciones penales, esta se establece en función del tiempo que la persona haya estado privada de libertad por un proceso que se haya alargado más de lo razonable.
El artículo 24 de la Constitución establece el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. En los casos de retrasos muy grandes, es posible que se esté vulnerando este derecho, lo que puede dar lugar a reclamaciones por retrasos indebidos.
Para poder reclamar daños por dilaciones indebidas es necesario acreditar que el proceso ha sufrido retrasos que no se corresponden con la duración normal de casos similares y que estos retrasos han causado un perjuicio económico o moral.
El daño por pérdida de oportunidad en los casos de dilaciones indebidas consiste en la imposibilidad de aprovechar una oportunidad que se tenía antes del inicio del proceso, como, por ejemplo, la venta de un bien. Este tipo de daño puede ser objeto de reclamación en los casos de dilaciones indebidas.
La duración estándar de los casos puede ponderarse mediante la comparación del tiempo de duración de un caso con la duración media de casos similares. Para obtener estadísticas sobre la duración media de casos similares, se pueden consultar los informes de los órganos judiciales o los informes elaborados por asociaciones de jueces o abogados.
Formular una queja ante el Consejo General del Poder Judicial en cuanto se comienzan a producir las dilaciones indebidas puede ser conveniente porque esta institución tiene la capacidad de intervenir en el proceso para agilizarlo y evitar futuras dilaciones.